Vistas de página en total

lunes, 23 de enero de 2012

2a convocatoria a Candidatos mexicanos Independientes de partidos políticos a participar en las elecciones Federales 2012

2a convocatoria a Candidatos mexicanos Independientes de partidos políticos a participar en las elecciones Federales 2012.

                                      Segunda convocatoria de tres.

Taxco de Alarcón Guerrero a 23 de enero 2012.

Se difunde la presente convocatoria con fundamento en los artículos 1, 35, y 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, promulgados en 1857, y ratificados en 1917 y 1918 y a la fecha vigentes sobre la certeza jurídica de participación en las elecciones hombres y mujeres Ciudadanos mexicanos en pleno goce de sus garantías individuales para participar como candidatos no dependientes de partidos políticos en igualdad de derechos como los postulados por institutos políticos.

Población objetivo:

Se convoca a hombres y mujeres en pleno goce de sus garantías individuales como ciudadanos mexicanos, que aspiran a algún cargo de elección popular que deseen participar en las próximas elecciones federales 2012 como Candidatos Independientes de partidos políticos, para presentar su documentación y solicitud de registro en tiempo y forma ante el órgano electoral local o federal según corresponda en cualquier parte de la republica mexicana para renovarse, presidencias municipales, diputaciones locales y federales, senadurías, gubernaturas y presidencia de la republica, a más tardar el 23 de febrero 2012.

Leyes secundarias de respaldo:

Sobre la promulgación del decreto de 1918 de la Ley para Elecciones de Poderes Federales del 1 julio del mismo año, que en sus artículos 33, 34, 41, 42, 44, 55, 58 fracción III, 67 primer y segundo párrafos, 68, 106 fracción VII, 107, 108 y 122, que dan paso a la figura de los candidatos independientes para postularse en las elecciones federales, en donde se constituye el espacio en blanco destinado para “candidatos no registrados” en el modelo de boletas electorales, que detalla el artículo 3° transitorio de la propia ley, dicho espacio en blanco será utilizado para que el elector que no confié en los candidatos postulados por partidos políticos registrados, emita su voto a favor del candidato independiente de partido de su confianza, en caso de no obtener registro.

Si algún aspirante a elección popular tiene dudas o desconoce los lineamientos legales para participar en esta candidatura independiente y/o no registrada y defender algún triunfo por esta vía, o desea integrarse a una plataforma política independiente de partidos políticos, puede comunicarse al teléfono 017772796269 y 044 777 255 4887 o escriba a cuartopodertaxco@hotmail.com.

Porque México te necesita y merece vivir mejor, necesitamos tu apoyo, intégrate o difunde gratuitamente esta y la siguiente convocatoria y desplegados.

Responsable de publicación: José Alberto Betanzos Salgado.